Personal Policial de la ciudad repartió juguetes que fueron recolectados dentro de la institución.
Primera Sesión Virtual del Honorable Concejo Deliberante en su historia
Primera Sesión Virtual del Honorable Concejo Deliberante en su historia, será el lunes 4 de mayo, a las 19 horas.
La emergencia mundial desatada por la pandemia de Covid-19, enfermedad
provocada por el Coronavirus, ha sido motivo de recomendaciones, sugerencias y
disposiciones por parte de la Organización Mundial de la Salud, a las que nuestro país,
nuestra provincia y nuestra municipalidad han adherido y han adaptado a la realidad
local, a los fines de disminuir y evitar la circulación y propagación del virus.
Que, tanto la Nación como la Provincia de Córdoba y la Municipalidad han
adoptado diferentes medidas para disminuir la actividad en todas las oficinas del Estado,
con excepción de las áreas críticas esenciales y necesarias en la situación de emergencia
que se atraviesa.
Que asimismo, y en consonancia con lo hasta aquí expuesto, la Presidenta del
Concejo dispuso mediante Resolución Nº 03/2020, receso administrativo desde el día 17
de marzo de 2020 y hasta el día 31 de marzo de 2020, mediante Resolución Nº 04/2020,
desde el 1 de abril y hasta el 12 de abril de 2020 y por Resolución Nº 05/2020 el mismo
se prorrogó hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive.
Que, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante Decretos de Necesidad y Urgencia
Nº 297/2020, Nº 325/2020 y Nº 355/2020, con la finalidad de contener la pandemia en
territorio argentino, dispuso el “aislamiento social preventivo y obligatorio” desde el día
20 de marzo al día 31 de marzo de 2020, medida que luego fue prorrogada hasta el día
26 de abril de 2020 inclusive.
Que, a través de un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia, el Presidente de la
Nación Argentina, dispuso la prórroga del aislamiento hasta el día 10 de mayo de 2020,
inclusive.
006/2020
Que el Departamento Ejecutivo Municipal mediante el Decreto N° 019/2020
prorroga la vigencia de los Decretos N° 010/20, 013/20 y 016/20 sobre Emergencia
Sanitaria hasta el 26 de abril de 2020 inclusive.
Que las sucesivas resoluciones emitida por el Concejo Deliberante
fundamenta que por recomendaciones a nivel nacional y provincial con respecto a
la pandemia Covid-19, se hace necesario tomar las precauciones con respecto al
personal del Concejo Municipal de La Carlota, tal y como lo dispuso el
Departamento Ejecutivo Municipal.
Que lo resuelto se enmarca en la situación sanitaria de público conocimiento y lo
dispuesto en los diversos niveles del Estado, en materia de acciones preventivas ante la
situación epidemiológica existente.
Que como Cuerpo Legislativo, el Concejo se ha adherido de esta manera a la
recomendación de la OMS de restringir el movimiento de personas para evitar la
consecuente circulación del virus y aminorar la evolución de la pandemia.
Que el vicegobernador de la provincia, Manuel Calvo, por decreto 54/2020
autoriza a los legisladores de Córdoba a sesionar de manera virtual mientras dure
el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno de la Nación.
Por ello, lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento Interno del Concejo
Deliberante de la Ciudad de La Carlota, las normas citadas y en uso de sus atribuciones;
LA PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE LA CARLOTA
RESUELVE
Artículo 1°.- Autorizar a los Concejales de La Carlota a sesionar de manera virtual
mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno
de la Nación.
006/2020
Artículo 2°.- Convocar a Sesión Especial, en los términos del Art. 1 de la presente
Resolución, al Cuerpo Legislativo para el día lunes 4 de mayo del año en curso a las 19
horas, para tratar: El Expediente N° 305DEM/20, Proyecto de Ordenanza, iniciado por
el Departamento Ejecutivo Municipal, por el que solicita se “ratifique el DECRETO
N° 29/20 de fecha 30 de abril de 2020, dictado por el Departamento Ejecutivo
Municipal, por el cual se aprueban los protocolos de Comercio, de Habilitación de
Obras Privadas y de Bioseguridad para el Ejercicio de Profesiones Liberales, dispuesto
por el COE central de la Pcia. De Córdoba y aprobadas por el COE Local”
Artículo 3°.- Las sesiones no presenciales tendrán validez solo mientras dure la
presente situación sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio, con el fin
exclusivo de garantizar el aislamiento dispuesto por el gobierno nacional y al mismo
tiempo sostener el funcionamiento del Cuerpo Legislativo.
Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese, dése al R.M. y archívese.-
LA CARLOTA, 30 DE ABRIL DE 2020.-
MARIO A. QUIROGA MÓNICA D. RIMOLDI
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
HCD. LA CARLOTA HCD. LA CARLOTA
Resolución de Presidencia Nº 006/2020
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