La dependencia judicial de La Carlota adhirió a las medidas anunciadas por Nación.
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) dispuso que durante la semana próxima las dependencias judiciales de toda la provincia presten un “servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias”, a través de teletrabajo. Solo mantendrá la actividad presencial aquellas oficinas de atención permanente que intervienen en situaciones urgentes y los tribunales que se encuentren de turno, en los casos en los que ello resulte indispensable.
Esta decisión, que rige desde las cero horas del sábado 22 de mayo hasta las 24 horas del domingo 30, se adoptó frente a las medidas sanitarias anunciadas por las autoridades nacionales y provinciales para enfrentar la actual coyuntura de la pandemia del coronavirus Covid-19.
Frente a la imposibilidad de traslados por parte de agentes judiciales, auxiliares de justicia y usuarios del servicio, el TSJ decidió por Acuerdo Reglamentario n.° 1702, Serie A, declarar inhábiles los días 26, 27 y 28 de mayo como así también suspender los plazos procesales. Esto, sin perjuicio de los actos procesales y administrativos que fueran válidamente cumplidos en forma virtual o de acuerdo con las modalidades permitidas.
Sin perjuicio de la declaración de días inhábiles y la suspensión de plazos procesales y administrativos, durante la vigencia del servicio de justicia en la emergencia se podrán presentar escritos, realizar notificaciones como así también dictar medidas y resoluciones a través del sistema Expediente Electrónico. Asimismo, podrán celebrarse audiencias mediante las herramientas de telepresencia disponibles.
La semana próxima el Poder Judicial prestará servicio por teletrabajo y sus plataformas digitales
Será inhábil desde el 26 al 28 de mayo. Se suspenden plazos, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan. Habrá presencialidad en tribunales de turno para casos indispensables.
"El Tribunal Superior de Justicia en ejercicio de sus atribuciones conforme artículo 166, inciso 2, de la Constitución Provincial y artículo 12, incisos 1 y 32, de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435,RESUELVE:
1. ADHERIR a las medidas anunciadas por la Presidencia
de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Córdoba, y en consecuencia disponer la
prestación de un “servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias”, durante
el periodo comprendido entre los días 22 y 30 de mayo ambos inclusive de 2021.
2. DISPONER que todo el personal judicial se encuentra afectado a la prestación de servicio en forma remota por medios telemáticos conforme las pautas aprobadas a la fecha, a excepción de lo preceptuado en el artículo 4 del presente.
3. DECLARAR inhábiles a los fines procesales y administrativos los días 26, 27 y 28 de mayo, comprendidos en el “servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias” del artículo 1, con suspensión de los plazos, salvo los actos procesales y administrativos que fueren válidamente cumplidos por los medios establecidos en el presente acuerdo.
4. CONVOCAR de modo presencial durante el periodo detallado en el artículo 1, a los funcionarios y magistrados afectados al turno y sólo cuando resulte indispensable
5. DISPONER que permanecen de turno durante el periodo detallado en el artículo 1, los tribunales y el personal conforme el esquema aprobado de modo previo a la
emisión del presente.
6. ACORDAR que el Ministerio Público Fiscal ordenará su actividad en función de la normativa aplicable y los requerimientos que impongan las necesidades del
servicio.
7. PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial Electrónico,
comuníquese a todos los centros judiciales, a la Asociación de Magistrados y Funcionarios el Poder Judicial, a la Federación de Colegio de Abogados, a los Colegios de Abogados, a
la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial. Difúndase en el sitio web oficial y en el portal de aplicaciones al mismo tiempo e instrúyase a la Oficina de Comunicación a
su amplia difusión.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia y con la asistencia del Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG".
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