"Los nacidos fuera de España (...) que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española", dice el texto.
Noticia Anterior

Rusia justificó el ataque en Ucrania y reafirmó que respetará el acuerdo sobre cereales

Noticia Siguiente

Fiesta del Productor Agropecuario 2025