Concejales de Crecer por La Carlota solicitan al municipio que adhiera a la Ley Lucio
Concejales de Crecer por La Carlota solicitan al municipio que adhiera a la Ley Lucio
La Ley Nacional N° 27.709, había sido aprobada por unanimidad el 13 de abril en la Cámara de Senadores y tiene por objetivo fomentar la prevención y detección temprana de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes mediante la creación de un Plan Federal de capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en derechos de las niñas, niños y adolescentes destinado a las personas que se desempeñen en áreas y dependencias de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado Nacional.
PROYECTO DE ORDENANZA
ADHESIÓN MUNICIPAL A “LEY LUCIO N° 27.709”
Capacitación obligatoria para los agentes municipales en Prevención y detección temprana de la violencia contra los niños, niñas y adolescentes”
Y VISTO,
La imperiosa necesidad de que los agentes municipales cuenten con herramientas para abordar y combatir la violencia contra las niñas, niños y adolescentes, mediante un programa continuo de capacitación permanente y obligatoria…
Y CONSIDERANDO,
Que el pasado miércoles 7 de Junio del corriente año el Poder Ejecutivo Nacional, promulgó mediante el Decreto 523/2023, Publicado en el Boletín Oficial, la “Ley Lucio”, conocida así porque tuvo su origen tras el caso de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado a golpes en La Pampa, y por la que fueran condenadas su madre y la pareja de ésta.
La Ley Nacional N° 27.709, había sido aprobada por unanimidad el 13 de abril en la Cámara de Senadores y tiene por objetivo fomentar la prevención y detección temprana de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes mediante la creación de un Plan Federal de capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en derechos de las niñas, niños y adolescentes destinado a las personas que se desempeñen en áreas y dependencias de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado Nacional.
A partir de su sanción, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial deben actuar articuladamente para la creación de un protocolo que establezca los procedimientos que tendrán que ejecutar las fuerzas de seguridad, organismos de niñez y jueces con competencia en familia, con el objetivo de unificar los criterios a nivel nacional y provincial. Asimismo, deberán realizarse campañas de concientización semestrales que ayuden a detectar y prevenir el maltrato contra niñas, niños y adolescentes, y donde denunciarlo. Para ello, se implementa la línea telefónica 102 en todo el territorio argentino para atención gratuita en la promoción de los derechos de las infancias.
En el artículo 2 de la misma normativa, se aclara que podrán ser destinatarios del plan, los agentes de las administraciones provinciales, municipales y de organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales en el marco de convenios de cooperación y colaboración con la autoridad de aplicación de la ley.
Es por ello menester que el Estado genere no sólo políticas públicas para la prevención y erradicación de esta problemática, sino que priorice capacitar y formar a quienes llevan adelante esas políticas.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CARLOTA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1: Adhierasé La Municipalidad de La Carlota, a la Ley Nacional N° 27.709, mediante la cual, se crea el “Plan Federal de capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en derechos de las niñas, niños y adolescentes”.
Art. 2: Facultesé al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de cooperación y colaboración con la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación o con cualquier otra a los fines de dar cumplimiento a la Ley mencionada en el artículo 1° de la presente.
Art. 3: De forma.
Bloque Crecer por La Carlota
Beatriz MALATINI Cristian M. PIUSSIM
Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario